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Programa de Conservación Histórica

Programa Mills Act

El Programa de Contratos de Propiedades Históricas de la Ley Mills sólo está disponible para propiedades ubicadas en las áreas no incorporadas del Condado de Los Ángeles. Para las propiedades situadas en la ciudad de Los Ángeles, póngase en contacto con la Oficina de Recursos Históricos.

El 26 de noviembre de 2013, la Junta de Supervisores del Condado aprobó una ordenanza para aplicar la Ley Mills, un programa de incentivos para la conservación y restauración de edificios históricos cualificados por parte de propietarios privados. Promulgada en 1972, la legislación estatal de la Ley Mills concede a los gobiernos locales participantes (ciudades y condados) la autoridad para celebrar contratos con los propietarios de inmuebles históricos cualificados que participen activamente en la conservación, restauración y mantenimiento de sus inmuebles históricos al tiempo que reciben una desgravación fiscal sobre la propiedad.

Los contratos de la Ley Mills son contratos renovables de 10 años entre el Condado y el propietario. Los contratos corren con la propiedad en cuestión y se renuevan automáticamente cada año. Las propiedades con un contrato Mills Act están sujetas a los procedimientos de Certificado de Idoneidad.

La Junta de Supervisores también adoptó disposiciones de control de costes que incluyen valores máximos de tasación (MAV) para las propiedades inscritas en el programa. El proyecto de aumento de MAV propone elevar los MAV en respuesta a la subida de los valores inmobiliarios regionales.

Admisibilidad

Para que una propiedad pueda optar a un contrato Mills Act deben cumplirse los siguientes criterios. La propiedad:

  • La propiedad está situada en una zona no incorporada del condado de Los Ángeles;
  • La propiedad es privada;
  • La propiedad no está exenta del impuesto sobre bienes inmuebles;
  • Es un bien histórico cualificado (de una de las siguientes maneras):
    • La propiedad está inscrita individualmente o es contribuyente de un distrito histórico inscrito en el Registro Nacional de Lugares Históricos; o
    • La propiedad está inscrita en el Registro de Recursos Históricos de California o es un monumento histórico de California.
    • La propiedad es un monumento histórico del condado o contribuye a un distrito histórico del condado.
  • El valor máximo de tasación de la propiedad no es superior a:
    • Para propiedades designadas individualmente o que contribuyen a los Registros Nacional y de California:
      • 1.000.000 $ para una residencia unifamiliar;
      • 1.500.000 $ para una residencia bifamiliar; o
      • 3.000.000 $ para otros usos del suelo.
    • Para propiedades designadas individualmente o que contribuyen al Registro del Condado:
      • 2.100.000 dólares por una residencia unifamiliar;
      • 3.200.000 $ para una residencia bifamiliar; o
      • 6.300.000 $ para otros usos del suelo.

Aplicaciones

El Condado de Los Ángeles otorgará hasta 8 contratos por año de solicitud. Por favor, póngase en contacto con Katrina Castañeda, Planificador, en kcastaneda@planning.lacounty.gov antes de la presentación.

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